lunes, 24 de febrero de 2014

Concejo demandado, por aprobar acuerdo ilegal.


Ante el Juzgado Segundo Administrativo de la ciudad de Neiva Huila Colombia, fue instaurada acción de nulidad contra acuerdo que regulo las tazas para el cobro del impuesto predial. La demanda fue instaurada en contra del Concejo de la ciudad de Pitalito

RODRIGO ROJAS GARZÓN

FPDH, Pitalito

En un juzgado de reparto en la ciudad de Neiva fue radicada la demanda  acción de nulidad del acuerdo 063 del 27 de Diciembre de 2012, “Por medio del cual se modifica el acuerdo 035 de 2007, el acuerdo 068 de 2008 y el acuerdo 051 de 2011 y se adicionan unas normas”.

Este acuerdo es el que establece las tarifas del impuesto predial unificado para la ciudad de Pitalito en la vigencia 2014 en relación a: Predios urbanos edificados, Predios Urbanos no edificados, Predios rurales dedicados a la actividad agrícola y pecuaria, y  Predios rurales con destinación económica.


El demandante es el ciudadano Miller Ñañez su representante  el abogado Emiro Bravo Muñoz quienes atendiendo el clamor de la ciudadanía en general,interpusieron la acción judicial como una posible salida al elevado cobro del impuesto predial unificado.

“Se demandó por considerar que es no solamente abusivo si no ilegal porque no se tiene en cuenta los estratos socio-económicos para su sanción y luego la generación de la facturación”, señalo Miller Ñañez.

Norma rectora

Una de las normas rectoras  invoca la Corporación para la aprobación del acuerdo 063 de 2014, es la ley 44 de 1990  en su artículo Cuarto que señala taxativamente los elementos que se deben tener en cuenta por los concejos municipales para establecer las tarifas del impuesto predial unificado.

El primero los estratos socio-económicos, los usos de suelo en el sector urbano, la antigüedad de la formación del catastro.

“El primer elemento que la ley 44 de 1990, señala  como obligatorio para establecer las tarifas en comento es relacionado con los estratos socio-económicos. La norma obedece a un precepto constitucional propio de un estado de derecho como el nuestro en los cuales son esenciales los criterios de la equidad, la solidaridad y la justicia cuando de tributación se trata”.
En síntesis la demanda solicita   al juzgado declarar la nulidad del acuerdo 063  del 27 de  Diciembre de 2012; por restringir la norma en la que debería fundarse, es decir la ley 44 de 1990. Como medida urgente se notifique a la Secretaria de Hacienda Municipal la suspensión del cobro del impuesto predial hasta tanto se conozca el fallo a favor o en contra de la acción judicial.

Nuevo cacerolazo

Ayer se registró frente de las instalaciones de la Alcaldía Municipal  un nuevo cacerolazo en esta ocasión la afluencia de la comunidad fue masiva  a la convocatoria y fue necesario cerrar el tráfico de vehículos por el lugar además de la presencia de pie de fuerza policial para mantener el orden público.

La ciudadanía indignada les reclamó a los concejales por aprobar el lesivo proyecto de acuerdo por el cual se fijaron las tazas para cobro del impuesto predial unificado para la vigencia 2014.


También se unieron a la declaratoria de que el impuesto es abusivo e ilegal y le recordaron al Alcalde Pedro Martin Silva que “Lo elegimos para gobernar, no para explotar al pueblo. No pagaremos impuestos hasta que no sea un cobro justo”, señalo la señora María Ligia Pimentel una de las manifestantes.

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